
En el ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2021-165 publicado en el Registro Oficial Nº 560 del día Lunes 18 de octubre de 2021. El MINISTRO DEL TRABAJO expidió el “Reglamento Para la Obtención del Sello T de Buenas Prácticas Laborales”
El SELLO T de buenas prácticas laborales, será expedido por el Ministerio del Trabajo, como reconocimiento a los empleadores que cumplan adecuadamente con sus obligaciones laborales, disposiciones normativas y todos los requisitos para la obtención del mismo.
o Durante el tiempo de vigencia del SELLO T, no se realizarán inspecciones de oficio a los empleadores; sí se realizarán inspecciones en caso de existir una denuncia.
o Durante la vigencia del SELLO T, el empleador podrá notificar al Ministerio del Trabajo los acuerdos a los que llegare con sus trabajadores, sindicatos, comités de empresa, o con cualquier organización que represente a la mayoría de los trabajadores (en los casos en los que el acuerdo sea aplicable para todos) respecto de la jornada laboral que les permita ejecutar su labor.
– Requerimientos relacionados al Sistema Único de Trabajo;
Artículo preparado por:
Abg. Enrique Castro – Asociado Legal Herrera Chang & Asociados
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